¡Viva S.M. el Rey Don Felipe VI!
sábado, 11 de diciembre de 2010
¿Estamos finalizando una Segunda Restauración?
viernes, 5 de marzo de 2010
El constitucionalismo español hasta la Restauración
por Ibiza Melián
(“Defensa del Parque de Artillería de Monteleón”, Joaquín Sorolla y Bastida)
Los prolegómenos constitucionales españoles arrancarán con el Estatuto de Bayona, promulgado por Napoleón el 6 de Junio de 1808. Aunque no era exactamente una Constitución, sino una Carta Otorgada. Con la que se concebía una monarquía dependiente de Francia, al frente de la cual el dictador colocó a su hermano José. Pese a las insuficiencias de legitimidad del documento, lo cierto es que estaba influido por atisbos liberales. Al tratar someramente acerca de los derechos y libertades, además de la división de poderes. Fundamentos de los que se impregnará la Constitución de 1812.
La primera Constitución española se gestará tras la batalla de Bailén y el abandono del Trono por José Bonaparte. Suscrita el 19 de Marzo de 1812. Si bien entre esa fecha y 1837 únicamente se encontrará en vigor seis años y no consecutivos. A tenor del fuerte enfrentamiento entre absolutistas y liberales. Optando por unas Cortes monocamerales y una monarquía moderada, en la que el rey, todavía conservando amplias facultades de ejecución y dirección política, no ejerce el poder absoluto. Recayendo en esta fase la corona en la figura de Fernando VII, mas su relación con la Carta Magna rubricada se caracterizará por una continua contradicción y suspicacia.
La Constitución de 1812 fue interpretada, fuera de nuestras fronteras, como símbolo del liberalismo y el progreso. Y serán los partidarios de la misma los que acuñarán originariamente el término liberal. En su artículo 2 se declaraba: “la nación española es libre e independiente y no es ni puede ser patrimonio de ninguna persona”. Desplazando el mandato representativo al imperativo. Usado hasta ese instante por los nobles para ordenar a sus representantes los postulados a defender en cada momento. Texto articulado bajo el precepto de sufragio activo universal masculino. No existiendo mención alguna en torno a la posibilidad de disolución de las Cortes por parte del Rey. Se decreta la libertad de imprenta y la de expresión de pensamiento, se deroga la tortura y se liberaliza la economía.
El 18 de Junio de 1837, la Regente María Cristina, designada testamentariamente por su esposo Fernando VII, aceptará y jurará otra norma jurídica suprema, actuando en nombre de su hija Isabel, menor de edad. Mucho más moderada que la anterior, quizás aspirando a alcanzar el máximo consenso entre los distintos sectores en pugna. Tal fue el caso, que el sufragio universal masculino fue sustituido por el sufragio censitario directo. Basada en la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes, las cuales serán en este caso bicamerales: Congreso de los Diputados y Senado. Denominaciones que llegarán hasta nuestros días. Disponiendo el Rey del veto legislativo y la capacidad de disolución de las Cortes. Mecanismo del que se abusará reiteradamente.
(Jura de Fernando VII como príncipe de Asturias)
Finalmente María Cristina será obligada a exiliarse por el General Espartero, quien ocupará el cargo de Regente hasta 1843. Adelantando las Cortes la mayoría de edad de Isabel II en un año.
Correspondiendo ya a la Reina Isabel II la ratificación de la Constitución de 1845. Pasajes que reducirán la autonomía de las Cámaras y reforzarán la autoridad de la Corona sobre las mismas. De apariencia más conservadora que la de 1837, si bien igualmente supeditada a la fórmula de Cortes bicamerales: Congreso y Senado. Mostrándose, por tanto, como un periodo involucionista con respecto al precedente. Restringiéndose las libertades individuales. Impulsándose la codificación civil a través de la unidad de fueros. Punto que fracasará estrepitosamente por la escasez de diálogo con las diversas regiones afectadas. La férrea represión que acompañó a la vigencia de esta Carta Magna conducirá a la elaboración de una nueva, la de 1856, que no llegará a ser refrendada. Conocida como la Constitución nonata.
Desde 1866 las proclamas de levantamiento se suscitan a lo largo de la geografía nacional. Inmersa en un persistente estado de excepción. Partiendo de Cádiz igualmente la contienda. Extendiéndose después a Andalucía, Levante y Cataluña. Abocando a Isabel II a dejar el país para refugiarse en Francia. Irrumpiendo así la Constitución de 1869.
La Constitución de 1869 se insuflará de un claro aire progresista. Asumiendo los principios de: soberanía nacional y el sufragio universal masculino. Aseverando su artículo 32: “la soberanía reside esencialmente en la nación, de la cual emanan todos los poderes”. Albergando una de las declaraciones de derechos más largas de las manifestadas en las dispares constituciones españolas. Se erigirá sobre la figura de la Monarquía parlamentaria. Constituida la Corona como un poder más, adscrito a las concretas potestades conferidas en el documento. Decantándose por un bicameralismo perfecto o cuasiperfecto, con prácticamente igualdad de funciones entre ambas Cámaras. Imponiéndose en el Trono a Amadeo de Saboya. No obstante, la falta de seguridad decisoria en el ejercicio gubernamental terminará en otro episodio de convulsión política y social.
(Alegoría de La Niña Bonita sobre la I República Española, publicada en La Flaca, revista humorística y liberal del siglo XIX)
Amadeo de Saboya abdicará el 11 de Febrero de 1873, proclamándose la I República. Que esboza un proyecto constitucional federal, a imagen del federalismo estadounidense. Pero manteniendo señaladas semejanzas con la Constitución de 1869. Mas no llegó a ser promulgado. La entrada a caballo del General Pavía en el Congreso pondrá fin a esta época, el 3 de Enero de 1874. Prosiguiendo una relativamente larga y estable etapa: La Restauración.
Publicado por Ibiza Melián en Historias de un pueblo
El sistema político de la Restauración de 1874
por Ibiza Melián
Llegó la tarde y con ella mi anhelado retorno a las sinuosas páginas de aquella magnífica obra. Habiéndose acrecentado, tras las argumentaciones de Libertad, aún más si cabe, mi curiosidad por tan enigmática época. Donde después de continuos avances y retrocesos nuestro Estado Constitucional creyó alcanzar, por fin, la paz y tranquilidad. No obstante, nada más lejos de la realidad. Puesto que al culminar el referido periodo, con cincuenta años escasos, sobrevino nuevamente una Dictadura. Siendo el Capitán General de Cataluña, Miguel Primo de Rivera, quien se haría con el poder mediante el habitual, en nuestro territorio patrio, golpe de Estado, el 13 de Septiembre de 1923.
Instituyéndose la Restauración como la más larga etapa democrática que se ha dado hasta ahora. Iniciándose en 1874. Momento histórico en el que confluyeron prestigiosas mentes liberales. Personajes de la talla de: Antonio Cánovas del Castillo (1828 – 1897), Práxedes Mateo Sagasta (1825-1903), Manuel Alonso Martínez (1827-1891), Francisco Silvela (1843-1905), Antonio Maura (1853-1925) y José Canalejas (1854-1912), entre otros muchos.
Su ideólogo indiscutible sería Antonio Cánovas del Castillo, propulsor del liberalismo doctrinario en España. Movimiento que aboga por el “justo medio”, a imagen y semejanza del sistema británico, que tan buenos resultados ha dado en aquellas tierras. Donde recordemos que no existe un único texto denominado Constitución, sino que se conservarán los históricos, que convivirán con otros nuevos, conformando las llamadas convenciones constitucionales. Perfiladas por la interpretación jurisdiccional. Y que en la práctica conferirán gradualmente el máximo protagonismo al Parlamento, en detrimento del Poder real. De ahí la mítica frase del constitucionalismo inglés tradicional: “El Rey estaría obligado incluso a firmar la Ley que lo condenara a muerte”. Sin embargo, España adolecía de la larga trayectoria parlamentaria y democrática británica. Erigiéndose este matiz como significativo óbice para la consolidación del susodicho régimen político en nuestro país.
Extrayendo los seguidores de esta corriente su asunción en relación al estudio del Derecho Público y su desenvolvimiento en el pasado. Mostrando un gran pragmatismo en la toma de decisiones. Siendo quizás por ello igualmente calificada esta línea como conservadora, por anteponer la conciliación de posturas, eludiendo cualquier abrupta ruptura. Diferenciándose así, del liberalismo progresista, sintetizado por Práxedes Mateo Sagasta. A quienes no preocupaba en demasía decretar medidas tal vez más inmediatamente controvertidas.
Pero para Francisco estos apelativos inducían a error. Ya que la primordial desavenencia entre ambos sectores radicaba en la toma de decisiones. Los primeros aspirando al máximo grado de cohesión social, fin último de la política. Y los segundos anteponiendo la facción programática del grupo a lo descrito. Mas si progreso es desear la mejora de un Estado, en suma todos somos progresistas. Estribando el disentimiento en la forma de llegar al prefijado objetivo.
Las sugeridas teorías lograron su aplicación gracias a los convulsos prolegómenos y al Rey restaurado, Alfonso XII. Cuya injerencia será mínima, dejando a los parlamentarios la dirección política y a Antonio Cánovas, diseñar libremente el sistema que habría de regir esa era. Supeditada a la Constitución de 1876. Una síntesis de: la Constitución de 1845, en cuanto a la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes, aseverando en su artículo 18: “la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey”; y la de 1969, con respecto a la amplia declaración de derechos individuales y la tolerancia. Documento breve, flexible y elástico. Que abordaba exclusivamente los asuntos fundamentales y dejaba el resto a lo que determinasen futuras leyes. Ambigüedad que se reflejó también en la Constitución de 1978, al objeto de concitar en torno a ella la disparidad de fuerzas.
Los órganos constitucionales serían:
• El Rey. Dotado de amplias prerrogativas, características de una monarquía limitada. Entre las que se encontraban: la iniciativa legislativa, el derecho a veto, la capacidad de disolución de las Cortes y el libre nombramiento del Gobierno. Si bien su discrecionalidad fue escasa con el reinado de Alfonso XII (1874-1885); y también en la Regencia de María Cristina (1885-1901), su esposa, al advenimiento de su pronta muerte; se produjo un cambio sustancial con la entronización de Alfonso XIII, su hijo, en 1901. Abuelo de nuestro actual monarca, Juan Carlos I.
(Alfonso XIII y María Cristina la Reina Regente. Cuadro de Luis Álvarez Catalá en 1898)
Las negativas consecuencias que suscitó la intromisión de Alfonso XIII en la actividad parlamentaria, propició que la susodicha cuestión se tuviese muy presente en la redacción de la vigente Constitución, la de 1978. Optando sus constituyentes por privar al rey de implicación alguna en el debate político cotidiano. Circunscribiéndose las actuaciones de la corona a funciones fundamentalmente simbólicas y representativas del Estado.
• El Gobierno. Será a partir de ahí cuando se defina la figura del Presidente. Aunque no estuviese reconocida en la norma jurídica suprema, se distinguirá del resto de miembros del gabinete. Componentes penalmente responsables, acusando el Congreso y juzgando el Senado.
A pesar de que la Carta Magna establecía que correspondía al Rey nombrar y cesar, bajo su justo criterio, a los Ministros, esta potestad sería ejercida por quien recibiera el encargo del monarca para conformar Gobierno, es decir, el Presidente.
• Las Cortes: Congreso y Senado, con similares facultades (bicameralismo perfecto).El Senado estaría constituido por: Senadores por “derecho propio” (Grandes de España y alta jerarquía eclesiástica); vitalicios, nominados por la Corona; y aquellos que resultasen escogidos por los ciudadanos. Conteniendo plenitud de Diputados electos el Congreso.
• La Administración de Justicia. Sometida a la Ley de 1870, modificada posteriormente mediante decretos y finalmente reformada por la Ley Adicional de 1882. Promulgándose asimismo la Ley de Enjuiciamiento Civil (1881); la de Enjuiciamiento Criminal (1882), la cual ha perdurado hasta nuestros días; y la Ley del Jurado de 1888.
(Alfonso XIII de España y su familia posando junto a la familia Zuloaga en una exposición celebrada en la casa familiar de la calle Bailén de Madrid en 1911)
Además, uno de los grandes logros fue el Código Civil de 1889, en el que resultaría crucial la figura del político liberal y jurista: Manuel Alonso Martínez. Quien concibió la idea de que el Parlamento se limitase a establecer una Ley de Bases, en la que se contemplarían los principios a desarrollar luego por una Comisión técnica creada al efecto. Entendiendo que se trataba de un trabajo especializado y no político, y el dejarlo plenamente a la discusión parlamentaria dilataría en el tiempo su culminación. Procurándose dar una respuesta a la calificada como “cuestión foral”, a través de la elaboración de Apéndices que describían las instituciones forales a conservar en las provincias donde existiesen.
El régimen pivotaba sobre el “turnismo”, teóricamente la alternancia pacífica entre las dos formaciones mayoritarias: el Partido Liberal-Conservador de Cánovas y el Partido Liberal-Fusionista de Práxedes Mateo Sagasta. Ya que Cánovas, que había sido Ministro por la Unión Liberal, bajo el reinado de Isabel II, esgrimía que su debacle fue motivada por la ostentación exclusiva del poder por parte de los moderados. Esperando con la fórmula del turnismo, dar cabida a ambas posturas mayoritarias, a semejanza del bipartidismo británico. Idénticamente a lo que acontece presuntamente hoy en día en nuestro país. Persiguiendo con ello una supuesta estabilidad, atendiendo a los convulsos precedentes. Siendo cierto que lo consiguió originalmente, posibilitando el desarrollo económico de la nación, el sistema fue desvirtuándose poco a poco, al ser incapaz de insertar en el mismo a las contrarias voces, que aunque en inferioridad, progresivamente fueron acerando sus proclamas: los carlistas; los republicanos; el movimiento obrero (anarquistas y socialistas); la oposición intelectual; y los nacionalismos y regionalismos, en Cataluña y el País Vasco.
Otro aspecto candente se desencadenará en lo tocante al sufragio. Aprobándose al comienzo el censatario, restringido a un concreto número de personas. Paradójicamente en pro de erradicar la influencia de los caciques locales sobre el voto. Para en 1890 aprobarse la Ley de Sufragio Universal Masculino, configurándose España como pionera europea en la proclamación de esta medida. No obstante, la manipulación del mismo, fue el gran Talón de Aquiles del sistema.
Alzándose como una de las épocas más prósperas económica e intelectualmente, conocida como la “Edad de Plata de las letras y las ciencias españolas”. El Desastre del 98, con el que se pierden las últimas Colonias de Ultramar estimulará la aparición en escena de una serie de pensadores: “Los Institucionistas”, liderados por Francisco Giner de los Ríos; “La Generación del 98”, a cuya cabeza se situará Unamuno; “Los Regeneracionistas”, destacando Joaquín Costa; y “La Generación del 14”, capitaneados por José Ortega y Gasset. Preocupados por salvar a España de los males que la aquejaban.
Y por otro lado, el Desastre de Anual, que llevó a la retirada de las mal pertrechadas tropas españolas del Rif, al Norte de Marruecos. No sólo promovería el pronunciamiento de Miguel Primo de Rivera, hipotéticamente para evitar que el expediente abierto por las negligencias que ocasionaron aquel hecho se le diese curso en el Parlamento, sino que alumbraría a otro futuro dictador: Francisco Franco. Batalla desde la que se relanzaría su carrera militar. Entregándole Alfonso XIII, en Enero de 1923, la medalla militar y el cargo honorífico de gentilhombre de cámara. Convirtiéndose el monarca en el padrino de la boda de Franco, representado en el enlace por el Gobernador Civil de Oviedo, el General Losada.
(Desastre de Anual. Cadáveres en Monte Arruit. Alrededor de 2.900 militares españoles perecieron el 9 de agosto de 1921 en esa posición.)
Publicado por Ibiza Melián en Historias de un pueblo
jueves, 21 de agosto de 2008
La Restauración de la Monarquía Brasileña
Brasil (1992)
Nuestra posición defendida en el número 4 de Monarquía Europea (1992) con respecto de los herederos del trono de Brasil fue muy contestada por parte de los seguidores del actual Jefe de la Casa Imperial, Don Luis de Orleans y Braganza (legitimistas). No queremos crear disensiones entre monárquicos, porque nuestro único objetivo común es la restauración de la Monarquía en Brasil. Creemos que el artículo del presidente de la Juventud Monárquica de Minas Gerais es una presentación equilibrada y complementaria a nuestro reportaje anterior y sirve muy bien para convencernos de que los luisistas brasileños no son ni mucho menos fanáticos al estilo de TFP como conocemos esta organización en España. Queremos manifestar, por último, que la cuestión dinástica debe ser resuelta por la propia Familia Imperial. Los monárquicos nos limitamos a apoyar la causa monárquica.
"¡Los señores tendrán que arrepentirse!", profetizó la gloriosa Princesa Isabel, la redentora de los esclavos, al embarcar en el buque Alagoas en dirección al exilio. Ella se dirigía al insignificante grupo de positivistas que promovieron el Golpe militar del 15 de noviembre de 1889 y que impusieron la República en el Brasil sin ninguna consulta al pueblo.
Impuesta la república, el problema inicial consistía en expulsar del Brasil a la Familia Imperial. Inmediatamente fue decretado su embarque a Europa. Don Pedro II fue entonces obligado a dejar la patria antes de la madrugada. de día podría haber habido inconvenientes y necesidad de providencias desagradables para evitar protestas del pueblo.
La humillación a la que fue sometida la Familia Imperial al ser exiliada injustamente del Brasil, dejó sus huellas. La Emperatriz Doña Teresa Cristina no resistió la tristeza de dejar la patria que tanto amaba, y con el agravamiento de sus enfermedades, falleció pocos días después de desembarcar en Portugal.
Así se produjo la ruptura de nuestra honrosa Monarquía y la trágica separación entre el Brasil y la Familia Imperial, en contra de la voluntad del pueblo, dando lugar a la república, instaurada sin ningún compromiso con la Democracia, y en evidente beneficio de los que la promovían.
La visión privilegiada de la Princesa Isabel, ya preparada para asumir el trono, permitió que su profecía fuese confirmada poco después. Bastaron 45 días de república para que nuestra inflación, que durante el Imperio fue de una media del 1,58%, subiese al 11%, y al final del primer año llegase al 41%. Las dificultades de orden político al inicio de la república eran inmensas. la perplejidad causada por el golpe del 15 de noviembre imposibilitó una reacción seria de los elementos extraños o hostiles a la conspiración republicana.
El nuevo régimen, temeroso de que los periódicos continuasen a inducir la revuelta de los cuerpos de guarnición, limita la libertad de prensa (Decreto del 23 de diciembre de 1889), apenas 38 días después del golpe. Ese decreto, por tanto, hizo imposible toda discusión política por parte de la prensa. Y el autoritarismo iba tomando forma ... Basta con decir que durante el Segundo Reinado, al contrario que en la república, la prensa disfrutó de completa libertad para ejercer su misión.
El primer presidente de la república, el alagoano Mariscal Deodoro da Fonseca, abrumado por los problemas financieros, triste sobre el rumbo tomado por la administración, no pudiendo contemporizar con la diversidad de opiniones de los ministros en el seno del gobierno, fue obligado a renunciar nueve meses después de la toma de posesión. De otra forma hubiera sido derrocado por los golpistas mismos en una especie de autofagia positivista, al igual que Robespierre fue guillotinado por la Revolución Francesa.
El gobierno de la Vieja República seguía el rumbo de las convicciones autoritarias de sus gobernantes. El orden se mantenía mediante la represión y el progreso se subordinaba a los caprichos de los presidentes de este período, electos con la insignificante media del 2,35% de la populación. Era una democracia contradictoria sin pueblo, ridícula si no trágica.
Durante nuestra historia republicana, escasos son los momentos en los que los problemas nacionales fueran ajeno a los políticos. Estos en la práctica totalidad, se preocupaban principalmente por defender sus intereses, sus partidos y sus reelecciones. Según Rui Barbosa[i], mientras que el Parlamento del Imperio era una escuela de estadistas, la república era un mostrador para de negocios. ¿Y no parece sintomático la enorme cantidad de candidatos para las próximas elecciones municipales de octubre de 1992?
Conforme constata Monteiro Lobato[ii], la referencia de corrección, moralidad y honradez se desintegró en la república. El ejemplo de austeridad, humanidad y abnegación de nuestros augustos Emperadores cedió a la más repugnante inversión de valores, que se siente incluso hasta el día de hoy, con las sucesivas denuncias de corrupción, de tráfico de influencias y desfalcos de dinero, como demostraron los recientes CPIs.
Desde el golpe positivista, el Brasil dejó de pensar y de tener ideas propias. La revolución republicana fue un atentado contra nuestra verdadera cultura, un gran error al subestimar la capacidad de nuestro pueblo, que se quedó subordinado a desastrosas tentativas de copiar modelos ajenos a nuestra realidad, como queda patente en el plagio del primer texto constitucional.
Estamos ante la única salida pacífica para el restablecimiento del orden moral en Brasil. A ejemplo del éxito español, comprobado recientemente por la magnificencia de los juegos olímpicos de 1992, podemos también restaurar nuestra Monarquía con el plebiscito de 1993. Volver a tener identidad propia y vivir lejos de la ingobernabilidad patológica de la república brasileña. Huir de la inestabilidad política a la que están sometidas las repúblicas como la de Italia o de Francia, y rescatar la grandeza y el respeto digno del Imperio Brasileño.
S.A.I. Don Luis de Orleans y Braganza:
"Brasil se está debatiendo no propiamente en una crisis, pero en una convergencia de crisis de diversa índole - morales, sociales, económicas - que constituyen un único torbellino que agita la nación de punta a punta."
[i].Abogado y periodista, autor del primer decreto de la Constitución de 1898, Ministro de Hacienda en el gobierno del Mariscal Deodoro da Fonseca. Pronunció un emocionante discurso en 1914, en el Senado de la República Brasileña, afirmando estar arrepentido de apoyar el golpe republicano.
[ii].Conocido escritor brasileño que vivía durante el período de transición del Imperio a la República.
Publicado en Monarquía Europea Nº 5/6 - Año II - Julio/Diciembre 1992
sábado, 16 de agosto de 2008
Otto de Habsburgo: Los pueblos de Europa deben conservar su identidad nacional
S.A.I.R. Don Otto de Haburgo
Jefe de la Casa Imperial de Austria y Real de Hungría
Aunque S.A.I.R. Don Otto de Habsburgo nunca ha destacado por defender la restauración monárquica, su visión general de la realidad política en Europa siempre ha aportado mucho al debate político, pues su clarividencia es de una calidad singular.
Como la Monarquía representa valores eternos, también las observaciones de Don Otto siguen válidas incluso después de haber pasado más de dieciocho años desde la entrevista. La denominación de "Comunidad Europea" o "CE" ha sido sustituido por "Unión Europea" o "UE", ya que ésta cambió hace ya más de diez años.
Pedro Schwenzer / FIES: Alteza, el proceso de unión europea ha dado en estos últimos años un gran paso hacia adelante. Como diputado del Parlamento Europeo, Vuestra Alteza se esfuerza en facor de una comunidad más amplia como presidente de la Unión Paneuropea. ¿Cómo ve Vuestra Alteza el futuro de la personalidad propia de cada pueblo en la Europa comunitaria y también qué papel corresponderá a las Monarquías hoy existentes en una Europa más integrada?S.A.I.R. Don Otto de Habsburgo: Los pueblos de Europa deben conservar su iedentidad nacional. Y en relación con esto, las Monarquías tendrán un papel decisivo. En la Unión Europea, que en mi opinión sólo puede tener una estructura federal y no una forma centralista de estado, las Monarquías constituirán la garantía de la identidad de cada pueblo, fomentando la cohesión dentro de los estados miembros de la Unión Europea si éstos comprenden diferentes nacionalidades en el ámbito de sus territorios.
FIES: ¿Qué peso y qué influencia tienen y, en lo que está por venir, tendrán los monarcas reinantes en la UE ?D. O.d.H.: Mi concepto de la Europa del futuro es que se debería elegir a un Jefe de Estado europeo. Los electores serían los Jefes de Estado de los estados miembro de la Unión Europea. Y dado que la mitad de los Jefes de Estado de la Unión Europea, en sus dimensiones actuales (por 1989), son monarcas, tal solución les atribuiría naturalmente un papel de gran importancia. Sería pues deseable un modelo, ya consagrado en la historia, y hoy en vigor en Malasia, en el que los jefes de los estados designan por turno entre ellos al Jefe del Estado de la Federación.
FIES: ¿No existiría en una futura Unión Europea, bajo tal forma federal, un riesgo similar al que amenazó al estado plurinacional de Austria-Hungría? Foto: S.A.I.R. Doña Regina, esposa de Don Otto.
D. O.d.H.: El caso de la doble monarquía austro-húngara no se ajusta al supuesto que en nuestro tiempo se plantearía. Es un hecho que aquel estado plurinacional funcionó de modo excelente durante varios siglos. Incluso significó un ejemplo para otros estados, sobre todo si nos fijamos en los avances de aquella doble monarquía en materia de política social. Y hay también que constatar que la doble monarquía austro-húngara no se descompuso por sí misma, sino que fue destruida por la fuerza. No hay por tanto que enjuiciar a Austria-Hungría a partir de su final, sino que hay que hacer referencia a la inmensa labor realizada en el campo del derecho público, que proporcionó a Centroeuropa paz y libertad durante tantas generaciones.FIES: En numerosos países crece de nuevo el interés por una posible restauración de la forma monárquica del estado. Parece que en Hungría evocan con simpatía la Monarquía de los Habsburgo y que la Corona de San Esteban vuelva al escudo. ¿Considera Vuestra Alteza realizable una restauración de la Monarquía en los países del Este?
D. O.d.H.: Habrá en Hungría un referendum para decidir cómo será el nuevo escudo nacional. Pero lo importante es, con respecto a Hungría, tener en cuenta que el soberano de un estado es la Corona y no su titular. EN Europa siempre ha habido Monarquías, pero también siempre existieron repúblicas. En la historia lo único constante es el cambio. Y precisamente ahora vivimos en Europa cambios imparables. Foto: Don Otto de Habsburgo con su hija Doña Walburga en un acto de la Unión Paneuropea.FIES: ¿Cómo ve Vuestra Alteza el desarrollo de Europa del este hacia la democracia?
D. O.d.H.: Los estados de la EUropa del Este sólo pueden evolucionar hacia una verdadera democracia si les ayudamos nosotros, en el Occidente libre, a hacerles partícipes de nuestros logros y nuestro progreso, perparándoles el camino hacia una Europa unida. Tales deben ser las prioridades en el Parlamento EUropeo durante los próximos meses.
FIES: La ocupación del poder en los países del Este se produjo por la fuerza, tras la Segunda Guerra Mundial. Varias Monarquías fueron así derrocadas. ¿Qué recuerdo queda de sus antiguos monarcas en estos países?
D. O.d.H.: Quienes habitan en los países de la Europea central y oriental parece que conservan una buena opinión de sus antiguos monarcas y de sus familias. Se interesan otra vez por su propia historia, p'or sus orígenes y por su pasado después de tantos años de comunismo sin historia. Un ejemplo de esto es Bulgaria: Los búlgaros buscan ahora propiciar un contacto con el Rey Simeón y desean conocer su opinión sobre los actuales cambios.
FIES: En la prensa española se ha publicado que Vuestra Alteza no descarta la posibilidad de presentar su candidatura a la presidencia de Hungría.
D. O.d.H.: Siempre he dicho que sería un error celebrar elecciones presidenciales antes que las elecciones generales para elegir un nuevo parlamento. No se debe construir el pilar de una casa antes que sus cimientos. Por otra parte, creo que en estos momentos se podrá hacer más por Hungría aquí en el Parlamento EUropeo que en cualquier otro lugar. Naturalmente, ello no excluye decisiones futuras. Foto: Don Otto de Habsburgo en un acto de la Unión Paneuropea.FIES: Respecto de la posibilidad de una reunificación alemana, ¿sería pensable una Monarquía federal y lógicamente democrática que asegurase la estabilidad en el centro de Europa?
D. O.d.H.: Sobre la reunificación alemana quiero decir, como principio, que hay dos términos que se autoexcluyen: RDA y democracia. Una evolución democrática comporta la abolición de la RDA. Su sus gobernantes quieren mantenerla, no habrá allá elecciones libres. Respecto a una restauracióin monárquivca en Alemania, no está a la vista esta posibilidad. Para su furturo sería recomendable, porque ya he dicho antes, una Monarquía aporta un factor de estabilidad muy sólido. Buenos ejemplos de ello son Gran Bretaña, Bélgica y especialmente España. Si en Alemania hubiese existido la Monarquía, no habrían triunfado en 1933 los nacionalsocialistas.
FIES. Muchas gracias, Alteza.
(c) Todos los derechos reservados.
Fotos: Laputka